Las importantes medidas en el tratamiento de la Resolución APT 348,al comprobar que los dadores de cargas son los proponentes de los plazos y no los del sector del campo.
Transcribimos textualmente dicha Resolución que deja en claro las nuevas modificaciones que el transporte venía reclamando ya que se consideraba perjudicado por los dadores de cargas,al no abonar en tiempo y forma estirando los plazos de pago en forma desmedida y negativa para el sector.
En dicha reunión se comprobó que los mismos(dadores de cargas)son los responsables directos de los plazos que se estaban tomando,y no los del sector rural,ya que éstos pagan a mas tardar las cargas a diez(10) días de plazo y a tarifa llena.
A continuación el titular de la APT(Agencia Pcial.del Transporte)pone a consideración de la Comisión el texto de Resolución adoptada,la cual es aceptada por todos los sectores integrantes de la Comisión,en especial relacionada a la necesidad de respetar la aplacabilidad de las tarifas orientativas acordadas en el seno de la Comisión,sin perjuicio de la plena vigencia de la libertad de contratación ,conforme la normativa vigente,y el acortamiento de la cadena de pagos respeto a la percepción de la tarifa por parte de los transportistas,para evitar el costo financiero adicional de estos últimos.
Se propone la conformación de una comisión permanente de seguimiento y monitoreo de la aplicación de la tarifa.La propuesta es aceptada por todas las partes.
Los presentes de la Federación de Acopiadores y las entidades productoras se comprometen a transmitir a sus asociados dentro del marco legal vigente,propender el pago de tarifa plena,como también al acortamiento de la cadena de pagos como máximo de 30 días,lo cual es apoyado por las entidades transportistas,quienes consideraron 15 días,comprometiéndose a mensurar la importancia de estos compromisos asumidos por dichas entidades.
Y por último se solicita que se vea la posibilidad de incluir en las cartas de porte la tarifa provincial.
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